Actualización PLADECO 2019-2024 Municipalidad de Lumaco

11-06-2021

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Decreto Alcaldicio N°209/19.04.2021 Decreta 3 días de Duelo e Izamiento del Pabellon a Media Asta por Fallecimiento de Don Enrique Roberto Fulgeri Vergara.

20-04-2021

Decreto Alcaldicio N°209/19.04.2021 Decreta 3 días de Duelo e Izamiento del Pabellon a Media Asta por Fallecimiento de Don Enrique Roberto Fulgeri Vergara.  

 

COMUNICADO PÚBLICO

MUNICIPALIDAD DE LUMACO

TEMA: PRESENTACIÓN ANTE EL TER DE DENUNCIA POR NOTABLE ABANDONO DE DEBERES EN CONTRA DEL EX ALCALDE ALEJANDRO FUENTES

 

Lumaco, miércoles 31 de mayo

El día de ayer, el Honorable Concejo Municipal en pleno, pero con la abstención del Concejal Santiago Guidotti, se trasladó hasta el Tribunal Electoral Regional para realizar una presentación a fin de determinar la responsabilidad del ex-alcalde Alejandro Fuentes como ciudadano en base a los antecedentes remitidos y notificados desde Contraloría, por la investigación sumaria especial por el caso del segundo addendum respecto del proyecto de Iluminación con Eficiencia Energética efectuado por la municipalidad de Lumaco y que fue licitado durante el 2014.

Se trata de lo ocurrido durante el año 2014 en relación con el Proyecto de Recambio de Luminarias que fue contratado en marzo de ese año con la empresa Schreder Chile S.A y que tuvo un costo de mil millones de pesos. A este contrato se le anexó un primer addendum por 13.601 UF, que llevados al día de hoy se traducen en $362.194.630, que debían ser asumidos con fondos del municipio, lo que resulta en un monto significativo para uno pequeño como el de Lumaco. De este primer anexo existe el Decreto Alcaldicio N°207 del 25.04.2014 que lo respalda pero que no fue aprobado por el Concejo Municipal ni Hacienda. A este proyecto que en su inicio fue aprobado por el Concejo Municipal de aquel entonces y autorizado por el Ministerio de Hacienda, se le agregó un segundo anexo al contrato o addendum con la empresa, que aumentó el compromiso económico del municipio en 3.600 UF más, lo que significó que la cifra se incremente a $458.066.158 pesos.  Dejando un total del proyecto inicial en mil quinientos millones de pesos que deben ser pagados con fondos propios del municipio. Este último incremento tampoco fue consultado ni informado al Concejo Municipal ni al Ministerio de Hacienda, sino que fue de acción propia del entonces alcalde Alejandro Fuentes. Es importante señalar que en el municipio no se cuenta con una copia de este último anexo de contrato, el que no consideraba ninguna modificación en productos sino que sólo aumentaba el precio de las obras a tan solo un mes de haberlo ya aumentado antes.

Que fruto de la investigación se logró determinar que el proceso que generó el addendum fue irregular ya que no consideró aspectos formales básicos exigidos por ley como por ejemplo la autorización del Concejo Municipal ya que se trata de un endeudamiento sobre las 500 UTM, y además la autorización por parte del Ministerio de Hacienda.

De acuerdo a los antecedentes investigados por la Contraloría General de La República y a la información proporcionada por el municipio, la omisión de dichos procesos (autorización del Concejo Municipal y del Ministerio de Hacienda), se está ante una acción que escapa de las facultades que en ese momento tenía el alcalde, ya que se logró acreditar que lo convenido en el nuevo addendum no era una modificación al proyecto original, sino que se trataba de uno totalmente nuevo. En tanto, es un principio básico en materia pública, que todo lo que está expresamente permitido, se puede ejecutar y en este caso, no se dio.

La acción realizada el día de ayer por el señor Alcalde don Manuel Painiqueo Tragnolao y el Honorable Concejo Municipal obedece al ejercicio de una de las facultades que les confiere la ley, en su rol de fiscalizadores de la administración municipal, lo que se expresa claramente en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N°18.695 en su Título Tercero de lo establecido en el Art. N°71 y siguientes.

Por tanto, de no realizarse la acción de denuncia de esta situación ante los organismos pertinentes, el Concejo Municipal y el señor Alcalde, incurrirían en una falta a sus funciones fiscalizadoras establecidas por ley, debido a que la Contraloría General de la República ya determinó la responsabilidad administrativa del ex alcalde, obligando con ello a que el actual concejo y alcalde, busquen ante el Tribunal Electoral la inhabilidad de ocupar cargos públicos por cinco años, en la persona de Alejandro Fuentes. Pues es la única acción posible debido a que él ya cesó en sus funciones como alcalde.

Es importante clarificar que esta presentación se basa en antecedentes objetivos considerados en la investigación de un órgano independiente como lo es la Contraloría General de la República y quien tiene por excelencia los Actos de la Administración del Estado.

Es la intención del alcalde de la comuna de Lumaco y del Honorable Concejo Municipal, aclarar a la comunidad, que la acción realizada el día de ayer, no reviste un carácter de revanchismo ni aspiraciones personales, sino que tiene como único fin el de cumplir con lo mandatado por la ley ya que la deuda que hoy presenta el municipio y las consecuencias legales y penales del proceso legal que debe enfrentar, recaen en él como representante legal de municipio, por lo que es de su interés que esta confusa situación se esclarezca, más aun considerando que esa alta suma de dinero pudo haber sido destinada a dar solución a problemas que hoy son vitales para la calidad de vida de los vecinos y vecinas de la comuna.

 

 

 

 

Manuel Painiqueo Tragnolao

Alcalde

Comuna de Lumaco

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